Cláusulas cero

Las cláusulas cero aparecen en sustitución de las cláusulas suelo

Durante las últimas semanas hemos escuchado hablar de un nuevo tipo de cláusulas, las cláusulas cero,  a la par que leíamos sobre anulaciones y quejas de las cláusulas suelo.

Pero, ¿de qué se está hablando cuando se hace referencia a estas nuevas cláusulas cero?¿Es una nueva estrategia de los bancos a la hora de ofrecer contrataciones hipotecarias a los compradores de viviendas?

Que es una estrategia bancaria es algo obvio, porque la situación del euribor en negativo, vivida por primera vez en más de 15 años desde sus inicios, ha generado la necesidad de crear un límite por debajo del cual los bancos no tengan que pagar por las hipotecas de sus clientes. ¿Dónde estaría el negocio si esto tuviese que ser así? De este modo, las entidades han generado las cláusulas cero, cuyo nombre hace referencia a la bajada del euríbor máxima aceptada.

Esto conlleva que, si el índice de referencia de tipos de interés para préstamos hipotecarios en Europa se sitúa en datos negativos, por debajo del 0%, los contratantes de las hipotecas no pagarán más allá del diferencial contratado, pero sin que éste se reduzca, y mucho menos sin que las entidades deban pagar por el préstamo otorgado.

Éste presume ser el nuevo sustituto de las cláusulas suelo, cuyo índice era superior a cero, y por las que muchas entidades han tenido que devolver sus pagos a los afectados, al ser calificadas como ilegales, por impedir el derecho de los contratadores de reducir sus pagos en función de la caída del euríbor. Todavía está pendiente el analizar si estas nuevas cláusulas son legales o si deberán ser anuladas al igual que sus hermanas mayores.

Por otro lado, y con motivo de esta gran bajada del euribor, situado en sus mínimos históricos, el European Money Markets Institute (EMMI), la asociación de asociaciones bancarias europeas, ha decidido cambiar el método de cálculo de este índice, que se obtendrá a partir de las transacciones reales de préstamos entre entidades bancarias, buscando una base más realista que la actual, calculada a partir del tipo al que los bancos se prestarían dinero hipotéticamente.

A partir del 4 de julio entrará en vigor dicho cambio, y será necesario analizar si afectará directamente a los hipotecados y en qué grado, para que la variación sea lo más justa posible. Lo más importante será juzgar si éste será un cambio metódico o si deberá ser valorado como un nuevo índice, diferente del euríbor actual.

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